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Título : Aplicación del principio de oportunidad y el delito de violencia familiar en la Tercera Fiscalía de Pasco, 2023
Autor : Ricapa Ayala, Luis Rober
Asesor : Paucar Coz, Degollación Andrés
Palabras clave : Principio de oportunidad;delito;violencia familiar
Fecha de publicación : 27-nov-2025
Editorial : Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión
Resumen : El principio de oportunidad constituye una figura jurídica dentro del derecho penal que faculta a los fiscales a abstenerse de iniciar o continuar con la acción penal, aun cuando existan elementos suficientes para proceder. Este principio está regulado en el artículo 2 del Nuevo Código Procesal Penal, así como en el Decreto Legislativo N° 957, y su finalidad principal es flexibilizar y mejorar el funcionamiento del sistema de justicia penal La base conceptual de este principio radica en reconocer que no todos los delitos requieren ser juzgados formalmente, particularmente aquellos considerados de menor gravedad o lesividad, y en los que se ha logrado reparar el daño ocasionado. En ese sentido, el artículo 2 del Nuevo Código Procesal Penal establece las circunstancias específicas bajo las cuales el principio de oportunidad puede ser aplicado, brindando un marco normativo claro para su uso. Este principio se aplica principalmente a delitos de escasa lesividad, es decir, aquellos hechos ilícitos que tienen un impacto limitado en el interés público. Asimismo, contempla los casos en los que el imputado ha efectuado o garantizado la reparación del daño durante la etapa preliminar de la investigación o en la sede de la investigación formalizada. De este modo, el principio de oportunidad no solo contribuye a una administración más eficaz y equitativa de la justicia penal, sino que también favorece la reparación del daño y la descongestión de los tribunales, concentrando los recursos en aquellos casos que demandan mayor atención por su gravedad. El acuerdo reparatorio es una modalidad específica bajo el principio de oportunidad, pero no se identifica con él en su totalidad; es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos penales en el que la víctima y el imputado llegan a un acuerdo sobre la reparación del daño causado por el delito. Cuando el imputado ha reparado o se compromete a reparar dicho daño, el fiscal puede decidir no continuar con la acción penal, promoviendo así la culminación del proceso sin llegar a un juicio oral. La jurisprudencia ha jugado un papel clave en la interpretación y en la correcta aplicación del principio de oportunidad y del acuerdo reparatorio, asegurando que su uso sea razonable, proporcional y evite caer en la impunidad. La Corte Suprema ha indicado que este principio debe aplicarse con criterios de proporcionalidad y razonabilidad, para asegurar que los casos seleccionados contribuyan a la eficiencia y justicia del sistema penal, evitando el uso arbitrario o indiscriminado. En términos prácticos, el principio de oportunidad está regulado por el Nuevo Código Procesal Penal y desarrollado mediante la jurisprudencia, con una evaluación cuidadosa de cada caso para garantizar su aplicación justa y proporcional. Esto permite una gestión más eficiente de los recursos limitados del sistema de justicia penal, aportando a la descongestión procesal, la reparación del daño y enfocando los esfuerzos judiciales en los casos de mayor gravedad. Además, es importante destacar que el derecho penal define el conjunto de normas establecidas por el Estado que determinan cuáles conductas son sancionables, y que pueden resultar en castigos para quienes las cometen. El acuerdo reparatorio es una forma específica de materialización del principio de oportunidad que facilita la reparación directa del daño y la reducción de la carga judicial, siempre bajo criterios jurídicos claros y con la activa participación del fiscal, la víctima y el imputado. La violencia familiar es un fenómeno social complejo que demanda un análisis multidimensional para comprenderlo de manera integral. Su estudio requiere considerar diversas perspectivas que expliquen sus fundamentos desde ámbitos sociales, políticos, económicos, culturales e ideológicos, ya que estas dimensiones influyen directamente en su manifestación, impacto y trascendencia. La complejidad en el abordaje de la violencia familiar radica en la interacción constante entre factores sociales y estructurales. En este sentido, la violencia estructural surge como consecuencia de un sistema que genera condiciones desiguales para diferentes individuos, donde no todos acceden a las mismas oportunidades, lo que propicia situaciones de inequidad y discriminación. Este contexto contribuye al desarrollo y perpetuación de la violencia dentro del núcleo familiar. La violencia familiar puede entenderse como un fenómeno intrínseco a la condición humana que, aunque negativo, ha influido en la evolución y adaptación social. Es un sistema multifactorial en el que confluyen factores biológicos, psicológicos, sociales, económicos, culturales y políticos, además del aprendizaje social transmitido culturalmente de generación en generación. Así, la violencia no solo se manifiesta de manera individual, sino también como un patrón aprendido y reforzado en el entorno familiar. Asimismo, las formas de violencia familiar se manifiestan tanto en espacios públicos como en el ámbito privado, donde se utilizan como mecanismos de poder y control sobre los miembros del grupo familiar. El ejercicio del poder y la jerarquía son elementos implícitos en diversas definiciones de violencia familiar, ya que esta constituye una forma de autoridad empleada para la subordinación, el dominio y la imposición de control, reflejándose en dinámicas de desigualdad y abuso dentro del hogar. La violencia familiar representa la manifestación más extrema de agresión, donde una persona ejerce actos de violencia física o conductas destructivas contra otra, utilizando la fuerza para imponer su voluntad en contra de la autonomía del afectado. Esta agresión no solo se limita al daño corporal, sino que también implica la imposición coercitiva que atenta contra los derechos y la libertad individual. Asimismo, la dinámica de la violencia familiar está marcada por la relación entre poder, autoridad, subordinación y aceptación, elementos que establecen una jerarquía social y roles específicos como padre e hijo, hombre y mujer, maestro y alumno, o patrón y empleado. Estas relaciones de dominación definen un “arriba” y un “abajo” que legitiman, de manera explícita o implícita, el ejercicio de la violencia en el ámbito familiar. La violencia familiar se manifiesta en una dualidad jurídica y social: por un lado, existe una violencia “legal” que es ejercida y respaldada por las instituciones estatales, y por otro, una violencia “ilegítima” que no cuenta con sanción formal pero que persiste debido a normas sociales, costumbres y tradiciones que la toleran o incluso promueven. Esta doble condición complica su abordaje, ya que algunas formas de violencia están normalizadas dentro del contexto cultural y social, dificultando su reconocimiento y erradicación.
URI : http://repositorio.undac.edu.pe/handle/undac/6030
metadata.dc.contributor.email: lricapaa@undac.edu.pe
Derechos: info:eu-repo/semantics/openAccess
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